Importante información sobre el cambio en la Ley del Contrato de Seguro
Daniel Salamanca, vocal de la Comisión Corredores, Marco Jurídico y Prácticas de Mercado del Consejo General, ha informado a los presidentes de los colegios provinciales de mediadores de seguros de una modificación que se ha introducido en la Ley del Contrato del Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro).
Dicha modificación, que aparece recogida en la disposición adicional quinta, tiene que ver con la no discriminación ‘por razón de VIH/SIDA u otras condiciones de salud’.
El texto de la disposición establece la prohibición de denegar la contratación de un seguro así como ‘el establecimiento de procedimientos de contratación diferentes de los habitualmente utilizados por el asegurador o la imposición de condiciones más onerosas, por razón de tener VIH/SIDA u otras condiciones de salud, salvo que se encuentren fundadas en causas justificadas, proporcionadas y razonables, que se hallen documentadas previa y objetivamente’.
El cambio obedece a la promulgación de la Ley 4/2018, de 11 de junio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
La finalidad de esta modificación se encuentra en la necesidad de erradicar del ordenamiento jurídico aquellos aspectos que limiten la igualdad de oportunidades y promuevan la discriminación por cualquier motivo, en lo que respecta al ámbito de contenidos discriminatorios en determinados negocios jurídicos, prestaciones o servicios.